En el presente blog continuamos hablando del proceso que se está llevando en Chile para promulgar una nueva Constitución. Afortunadamente el derecho a la vida está incluido en el borrador del texto constitucional que a la fecha está trabajando el Consejo Constitucional designado para elaborar la Carta Magna. Sin embargo, falta todavía que se apruebe el texto en el plebiscito que se celebrará el día 17 de diciembre de 2023.

En el blog anterior comentamos que el anteproyecto de Constitución elaborado por la Comisión Experta debía de contar con ciertas bases o “bordes” constitucionales que serían fundamentales y obligatorios en el texto que será sometido a plebiscito. Son 12 aspectos que se enumeran textualmente a continuación [1]: 

“1. Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.

2. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.

3. La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.

4. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.

5. Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales, y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.

6. Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.

7. Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí: Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Legislativo. 

8. Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

9. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.

10. Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.

11. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.

12. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad”.

El tercer órgano del proceso constituyente es el Comité Técnico de Admisibilidad, compuesto por 14 personas, que se encargará de resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión o por el plenario del Consejo Constitucional, o por la Comisión Experta, que sean contrarias a las bases institucionales establecidas para el proceso [2].

Esta nueva Constitución también cuenta con un proceso innovador de participación ciudadana. La Secretaría de Participación Ciudadana, el organismo encargado de ejecutar el sistema de participación civil en la redacción de la nueva Carta Magna, estaba facultada para recibir ideas de propuestas que los ciudadanos quisieran incluir en la nueva Constitución. 

Para que las propuestas pudieran ser tomadas en cuenta por el Consejo Constitucional —que tendría el encargo de que fueran discutidas y posteriormente aprobadas— estas deberían de contar con 10 000 firmas ciudadanas como respaldo. Todas estas propuestas serían elaboradas por personas y organizaciones de la sociedad civil [3].

Se aceptaron 31 iniciativas populares que cumplieron con el requisito de las firmas, entre las más populares se encontraron el derecho constitucional de los animales a ser considerados como seres sintientes, el derecho a la vida desde la concepción y la defensa de la identidad nacional.  

El pasado 20 de septiembre el Consejo Constituyente, con una votación de 33 contra 17, aprobó el artículo 16 de lo que será la nueva Constitución chilena, si finalmente los chilenos la aprueban en referéndum. El texto es de gran trascendencia y es una victoria provida, ya que protege “el derecho a la vida de quienes están por nacer” [4].

Para entender la conexión entre la Constitución y el aborto en las leyes de Chile, debemos recordar que el 23 de septiembre de 2017 se aprobó una ley que regula la despenalización del aborto en tres causales: en caso de riesgo en la madre, malformación fetal y que el embarazo sea resultado de una violación. 

La reforma al artículo 16 de la nueva Constitución significaría un impulso político y legislativo para que se pueda derogar la ley de aborto por causales, misma que atenta con la dignidad de todos los seres humanos por nacer. Sin embargo, aún falta mucho camino por recorrer, Antonio Barchiesi, del Partido Republicano, comentó que: “El hecho de que esta norma no consagre la prohibición directa del aborto, es para nosotros un mandato para buscar siempre y en todo lugar la derogación de la ley de aborto, en cuanto permite el asesinato de un inocente” [5]. 

Recordemos que esta victoria es provisional. Esperamos que en el texto final aprobado por la Comisión Constitucional que será sometido a plebiscito, permanezca la protección del derecho a la vida. Todo parece indicar que existe apoyo por parte de la ciudadanía en este sentido. Te mantendremos informado sobre el resultado final de este ejercicio constituyente en Chile.

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/proceso-constitucional-2023 

[2] Ibíd.

[3] https://elpais.com/chile/2023-07-08/derecho-a-la-vida-y-defensa-de-la-identidad-nacional-las-iniciativas-populares-de-norma-mas-votadas-para-el-consejo-constitucional.html 

[4] https://www.actuall.com/vida/chile-de-una-constitucion-comunista-y-abortista-a-una-constitucion-provida/ 

[5] https://www.publimetro.cl/noticias/2023/09/21/constitucion-queda-en-duda-aborto-en-3-causales/