Privar a las personas de sus derechos humanos es poner en tela de juicio su propia humanidad”. Esta frase atribuida a Nelson Mandela, nos habla de la importancia que tienen los derechos humanos, y de su esencia fundamental, que es la dignidad humana. El tema de los derechos humanos es crucial en particular en nuestro contexto actual, en el que con frecuencia muchas personas ven vulnerados sus derechos.

La filosofía de los derechos humanos surgió desde la época de la Ilustración. Después de la revolución francesa, la Asamblea Constituyente de Francia promulgó la “Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos” en 1789. En este documento se basa la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) [1], que surgió a partir de la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y del compromiso de las naciones de no permitir que se volvieran a vivir los horrores de la Segunda Guerra Mundial. En la redacción final participaron más de 50 Estados Miembros y fue aprobada en la Asamblea General en París el 10 de diciembre de 1948 [2].

La ONU afirma que los derechos humanos son universales, es decir, su aplicación es general para todos los seres humanos sin importar las características de las personas [3]:

Los derechos humanos son universales porque están basados en la dignidad de todo ser humano, con independencia de la raza, el color, el sexo, el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la orientación sexual, la discapacidad o cualquier otra característica distintiva. Puesto que son aceptados por todos los Estados y pueblos, se aplican de forma igual e indiscriminada a todas las personas y son los mismos para todas las personas en todos los lugares”.

Definiciones de derechos humanos

 “Los derechos humanos son derechos que tiene toda persona en virtud de su dignidad humana. Los derechos humanos son derechos inherentes a todas las personas. Definen las relaciones entre los individuos y las estructuras de poder, especialmente el Estado. Delimitan el poder del Estado y, al mismo tiempo, exigen que el Estado adopte medidas positivas que garanticen condiciones en las que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos” (ONU) [4].

“Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos [CNDH]) [5].

De las definiciones se concluye que los derechos humanos tienen como fundamento la dignidad humana, que es inalienable a todo ser humano.

Las características de los derechos humanos son las siguientes [6]:

  • Son inalienables. Esto significa que no deben suprimirse en ninguna circunstancia salvo determinadas situaciones de tipo legal.
  • Son iguales y no discriminatorios. Esto quiere decir que ninguna persona puede ser excluida de gozar de estos derechos. Junto con el principio de no discriminación se aplica el de igualdad, ya que como lo señala la DUDH: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos” (art. 1.o)
  • Incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen la obligación de respetar y hacer que se respeten los derechos humanos de todas las personas. Desde la perspectiva individual significa que todos debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Como puedes ver, los derechos humanos no son opcionales y tenemos la obligación de respetarlos. Todos debemos gozar de ellos sin excepción. Lo anterior nos lleva a mostrarte algunos de los principios que los rigen [7]:

  • “Principio de la universalidad. Todas las personas son titulares de todos los derechos humanos.
  • Principio de Interdependencia. Consiste en que cada uno de los derechos humanos se encuentran ligados unos a otros (…).
  • Principio de Indivisibilidad. Implica que los derechos humanos no pueden ser fragmentados sea cual fuere su naturaleza.
  • Principio de progresividad. Constituye una obligación del Estado para asegurar el progreso en el desarrollo constructivo de los derechos humanos, al mismo tiempo, implica una prohibición para el Estado respecto a cualquier retroceso de los derechos”.

Desde la Segunda Guerra Mundial, la ONU ha llevado la batuta para definir y promover los derechos humanos que hasta entonces surgían del Estado-nación. Como resultado, los derechos humanos han sido ratificados por la mayoría de los países y representan el único sistema de valores universalmente reconocido [8]; es así como surge la legislación internacional en materia de derechos humanos. Por lo general, las distintas naciones reconocen los mismos derechos humanos universales y tienen la obligación de respetarlos, protegerlos y cumplirlos.

¿Qué significa que tienen la obligación de respetar? Significa que los Estados “están obligados a abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos por parte tanto de los individuos como de los grupos” [9]. Ejemplo: por el derecho a la educación el gobierno no puede impedir que los padres establezcan escuelas privadas con formación religiosa para sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones.

¿Qué significa la obligación de proteger? Que los Estados deberán proteger “a los individuos contra los abusos de agentes no estatales, agentes estatales extranjeros o agentes estatales que actúen al margen de sus funciones públicas” [10]. Es decir, el gobierno debe establecer leyes que protejan los derechos humanos de los individuos ante posibles amenazas.

¿Qué significa la obligación de cumplir? Significa que “los Estados deben adoptar medidas positivas para garantizar que los derechos humanos puedan ser ejercidos” [11]. Este alcance varía conforme al derecho de que se trate y a los recursos del Estado, pero en términos generales el Estado deberá crear las condiciones para que se puedan ejercer y disfrutar los derechos.

Existen órganos que se encargan de que los Estados Partes cumplan sus obligaciones en relación con los nueve tratados básicos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos y sus protocolos [12]:

  • Comité de Derechos Humanos (Comité DH).
  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC).
  • Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD).
  • Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW).
  • Comité contra la Tortura (Comité CAT).
  • Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
  • Inhumanos o Degradantes (SPT).
  • Comité de los Derechos del Niño (Comité CRC).
  • Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW).
  • Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Comité CRPD).
  • Comité contra la Desaparición Forzada (CED).

Los derechos humanos se han clasificado con base en aspectos como su naturaleza, origen, contenido y de acuerdo con el tema al que se refieren. De acuerdo con el momento histórico en el que surgieron, fueron agrupados en tres generaciones: primeramente, los derechos civiles y políticos, en una segunda generación los derechos económicos, sociales y culturales, y en la tercera generación, los referentes a grupos de personas o colectividades con intereses comunes. En la actualidad se clasifican en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales [13].

En nuestro siguiente artículo continuaremos hablando sobre este tema, concretamente sobre los diferentes sistemas de derechos humanos que existen y se aplican en el mundo por regiones. También conoceremos acerca de las convenciones y tratados de la ONU que aplican a los diferentes estados miembros.

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Fuentes:

[1] https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948/

https://www.unidosporlosderechoshumanos.mx/what-are-human-rights/brief-history/declaration-of-human-rights.html

[2] https://www.un.org/es/about-us/udhr/history-of-the-declaration

[3] https://www.ohchr.org/Documents/Publications/HandbookParliamentarians_SP.pdf

[4] Ibíd.

[5] https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/que-son-los-derechos-humanos

[6] Ibíd.

[7] Ibíd.

[8] https://www.ohchr.org/Documents/Publications/HandbookParliamentarians_SP.pdf

[9] Ibíd.

[10] Ibíd.

[11] Ibíd.

[12] Ibíd.

[13] https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/cuales-son-los-derechos-humanos