Retomaremos en este blog el tema de la iniciativa que existe en el Congreso de Sinaloa para prohibir los ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género), que muchas veces se han confundido con las llamadas “terapias de conversión”. 

Te contábamos que la iniciativa original, propuesta por la diputada local Almendra Ernestina Negrete Sánchez, del partido Morena, tiene algunos errores que han sido señalados por diferentes integrantes de la sociedad civil. Pues bien, las voces de estos ciudadanos fueron escuchadas, pues en la última semana de julio el diputado sinaloense Luis de la Rocha presentó una reserva para que se hicieran modificaciones a la iniciativa. 

A continuación te presentamos de forma resumida algunos de los cambios que propone esta reserva del diputado de la Rocha, y en algunos de ellos comparamos con lo que proponía la diputada Negrete. 

  • De la Rocha propone el siguiente texto para el Art. 193 del Código Penal del Estado de Sinaloa:  “Comete el delito de terapias de conversión quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamientos, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona y derivado de estos se afecte su integridad física, moral o psicoemocional, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa”. En este artículo se especifica que si derivado de estas terapias la persona sufre violencia de cualquier tipo, se está incurriendo en delito. La de la diputada Negrete no incluía en la comisión del delito este punto en particular.

En la reserva de De la Rocha se establece que si la conducta la cometen los padres de familia o tutor de la víctima:

  • “Se impondrá prisión de tres meses a un año o de cien a doscientos días de multa”, en comparación con la de Negrete que imponía de cuatro a seis años de prisión al padre, madre o tutor del menor de edad que recibiera las terapias de conversión. Es decir, en la reserva se propone reducir la pena de prisión y omite la pérdida de la patria potestad. Además establece imposición de tratamiento psicológico como “medida integral”. 

Asimismo en la reserva:

  • Se omite una sanción específica a ministros de culto, pastores y sacerdotes y a sus organizaciones, profesionales de la salud, psicoterapeutas y psicólogos. La sanción se establece de forma general a quien cometa el delito y viene incluída en el art. 193 del Código Penal descrito anteriormente. 
  • En cuanto a la definición de terapias de conversión en la propuesta de De la Rocha quedaría: “Se entiende por terapias de conversión a los tratamientos, servicios, o prácticas cualquiera que sea su denominación a las sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión de género o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana”. Esta definición, aunque parece similar a la de la diputada Negrete, sanciona solamente la violencia.

Por un lado, como ya lo comentamos en el blog anterior, estamos en contra de la criminalización de la libertad, la de los padres de familia al educar a sus propios hijos, la de los profesionales de la salud al ejercer su profesión, la de los mismos pacientes de elegir con quién o qué trabajar en su persona en el ámbito psicológico, y por último, la de los ministros de culto al expresarse respecto a sus creencias. Por ello celebramos que las modificaciones que propuso el diputado Luis de la Rocha hayan sido aceptadas (con fecha del 28 de julio de 2023) porque proponen el respeto y promoción de la libertad de los padres, psicólogos, y ministros de culto. 

En ConParticipación reafirmamos nuestra postura en contra de la violencia, ¿a qué nos referimos concretamente? A golpes, humillaciones, acciones coercitivas, torturas, maltrato físico, negación de necesidades básicas. Ningún ser humano debe ser víctima de este maltrato. 

Es positivo que haya sido aprobada la reserva del diputado Luis de la Rocha. Apreciamos el esfuerzo de este legislador. Andrés Burgueño, colaborador nuestro y coordinador de Vía Familia en Sinaloa, quien participó en uno de los conversatorios que se realizaron en el Congreso local para discutir la iniciativa de la diputada Negrete, señaló cinco errores de esa iniciativa [1]:

  1. Criminalizaría a las personas que deciden explorar su fluidez sexual.
  2. Perseguiría a los padres y madres de familia (los niños no podrían recibir asesoría y sus padres irían ante un juez).
  3. Mandaría a la cárcel a los pastores, sacerdotes y ministros de culto por presentar métodos alternativos a las personas que recurran a ellos.
  4. Amenazaría a psicólogos con sanciones de cárcel por escuchar y respetar a su paciente.
  5. Pretendía decir que no se puede recibir terapia si uno como paciente la solicita, cuando el Congreso no es competente para eso. 

“Queremos leyes que no polaricen a la sociedad” mencionaba Andrés Burgueño en su participación.

Mencionamos casos hipotéticos y potencialmente realistas si el proyecto de ley de la diputada Almendra se hubiera concretado:

  1. Para psicólogos. Se hubieran visto en el dilema de atender o no pacientes que se sintieran incómodos con su atracción al mismo sexo y quisieran abordar esto en terapia. Si atendieran al paciente y alguien por alguna razón se enterara de qué tipo de orientación terapéutica están dando, se les podría denunciar.
  2. Para padres de familia. Si un niño “quisiera jugar a ser niña” y los padres le dijeran a su hijo que es un niño, hubiera podido suceder que el menor de edad denunciara a sus propios padres y estos hubieran podido perder la patria potestad.
  3. Las personas con atracción al mismo sexo o con algún problema en su identidad sexual y que quisieran abordar este tema en terapia se hubieran podido ver limitados al no tener la alternativa de acudir a un profesional. Al no poder resolver su inconformidad hubieran llegado en casos extremos a caer en depresión o en problemas más serios. 

Ante todo esto, y ante futuras iniciativas que pudieran presentarse sobre este mismo tema en otros estados, ¿qué podemos hacer? Zulma Dueñas, enlace de ConParticipación en Sinaloa y quien participó en uno de los conversatorios sobre esta iniciativa,  expone dos caminos:

  1. Informarnos. Utilizar argumentación fundamentada en la ciencia y en el aspecto jurídico, todo esto es valioso a la hora de entablar el diálogo  con los tomadores de decisiones. 
  2. Actuar. Una forma es denunciar ante el Congreso, la prensa, las redes sociales y los diversos medios de comunicación, las amenazas que implica una ley como esta para el bien de las personas. Otra manera es la de proponer lo que sí es viable y conforme a la dignidad de toda persona. 

Gracias a la acción ciudadana y a la apertura de los diputados sinaloenses se logró aprobar una iniciativa más adecuada y que respeta los derechos fundamentales de las personas. Aplaudimos la participación de Vía Familia con la recolección de firmas ciudadanas para hacer ver a los riesgos de la iniciativa como originalmente se propuso [2].

Como conclusión recordemos las palabras de Marcial Padilla, director de ConParticipación: “Las imposiciones llegan hasta donde nosotros las dejamos, en cambio nuestra libertad se consigue hasta donde nos comprometemos”.

ConParticipación

Fuentes: 

  1. https://www.facebook.com/ConParticipacion/videos/1444279769742772/?locale=es_LA
  2. https://activate.org.mx/activacion/terapias-para-quienes-las-deseen-en-sinaloa-la-familia-no-se-toca-64b6e91b7e04b