En una nota publicada en abril de 2023 en El Heraldo de Tabasco se informa que en México la gestación subrogada sólo está regulada en Tabasco y en Sinaloa, sin embargo, se han creado empresas intermediarias en otros estados, las cuales ofrecen este “servicio” —que expone a la mujer a ser explotada y al bebé a ser considerado un “bien” comercial— a mexicanos y extranjeros. Los costos pueden llegar al millón y medio de pesos [1].

El 8 de junio del 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo promovido por la empresa Fertility Center Tabasco. Esta empresa pedía que se eliminara del Código Civil de Tabasco el requisito de ser ciudadanos mexicanos para la firma de un contrato de gestación, así como la intervención de un notario para la celebración de estos contratos de gestación subrogada. La SCJN le dio la razón a la empresa en su primera solicitud, pero se negó en la segunda [2].

Lamentablemente esta actividad se ha convertido en un negocio que incluso opera fuera de los estados en los que está regulada. En el Registro Público del Comercio están registradas empresas de gestación subrogada en Cancún, Puerto Vallarta, Querétaro y Tabasco. Se ha informado que a la mujer que presta su vientre solo se le da el 10 por ciento de lo que se cobra por un contrato de este tipo. Y además, hay empresas que fomentan el negocio en nuestro país con anuncios en los que señalan que este “servicio” puede costar entre dos a tres millones de pesos, pero que ellos reducen costos hasta en un 70 por ciento de lo que se pagaría en el extranjero si el proceso lo realizan en México [3].

Preocupa que este negocio se esté expandiendo en México y que las autoridades no intervengan. Esta actividad implica serios dilemas éticos pues se presta a que las mujeres que participan sean explotadas y, además, considera a los bebés como objeto de consumo, lo cual es totalmente inaceptable. La vida humana es sagrada y ningún ser humano debería ser objeto de comercialización. Es un tema delicado que requiere un análisis profundo y leyes estrictas que prohíban la actividad, y si no, por lo menos protejan a las madres y a los bebés. 

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://www.infotecnia.mx/e-news/nl_img.php?l=7265636f727465732f706f7274616c65732f32393439343230&id_nota=2949420&tipo_medio=w

[2] Ibíd.

[3] Ibíd.