La Corte de Apelaciones del Sexto Circuito, ubicada en Ohio, EE. UU., dictó una sentencia en la que confirma la Ley de No Discriminación por Síndrome de Down de Ohio emitida en 2017. Esta ley prohíbe abortar a hijos e hijas en gestación diagnosticados con el Síndrome de Down. La confirmación de esta ley incrementa la posibilidad de una revisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en relación con la práctica eugenésica del aborto por discriminación, así lo comentó Marjorie Dannenfelser, presidenta de la organización provida Susan B. Anthony List [1].
Esta decisión es un paso adelante en la protección plena y sin discriminación de la vida de todo ser humano antes y después de nacer.
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