El pasado 19 de abril, el Congreso de Baja California Sur aprobó el tipificar como un delito los llamados “discursos de odio”. Con ello, impuso hasta cuatro años de prisión a aquella persona que los emitiera por cualquier medio [1].
Al Código Penal de la entidad se adicionó el artículo 205 TER que expresa que: “Se impondrá de dos a cuatro años de prisión o multa de doscientos cincuenta a cuatrocientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta trescientos días de multa al que por medio de la palabra, escrito, gestos, simbología o cualquier otro medio de comunicación o comportamiento realice un acto peyorativo o discriminatorio e incite a cualquier acto de violencia contra cualquier persona, generando expresiones de hostilidad e intolerancia, ya sea en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género, orientación sexual u otro factor de identidad señalado en el artículo 205 de este código” [2].
Asimismo, se informó que la actual legislación no contemplaba ese término, por lo que la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia dictaminó el tipificar el “discurso de odio” en su Código Penal [3].
Preocupa que la ideología de género imponga y manipule a nuestra sociedad. BCS modificó su Código Penal para imponer una persecución ideológica que coarta la convivencia, el diálogo y el contraste de ideas. Esta reforma es extremadamente peligrosa para la vida social.
ConParticipación
Fuentes:
[2] Ibíd.
[3] Ibíd.