El 3 de abril del año pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó una sentencia en el Diario Oficial de la Federación en la que establecía que la objeción de conciencia en México debe seguir una política nacional para asegurar un servicio homogéneo en todo el país. Por lo anterior, determinó que los poderes legislativos locales deben ajustar sus normas para que sean congruentes con la legislación general. Dicha resolución fue tomada con respecto a un caso que involucraba el análisis del artículo 12 Bis de la Ley de Salud del Estado de Morelos que regula la objeción de conciencia en dicho estado, caso que a su vez se relacionaba con una sentencia respecto al artículo 10 bis de Ley General de Salud (LGS). En 2021 la SCJN declaró inválido ese artículo de la LGS por no establecer límites claros al ejercicio de la objeción de conciencia por parte de profesionales de la salud, lo cual desde su perspectiva podría poner en riesgo el ejercicio de varios derechos, entre ellos, el supuesto “derecho” al aborto [1].

Con la declaración de invalidez de 2021 la SCJN subraya la obligación del Estado de imponer la disponibilidad del aborto sin que la objeción de conciencia sea una barrera. Aunque la Ley General de Salud aún no se ha modificado, cinco estados han regulado la objeción de conciencia apegándose al criterio de la SCJN. La SCJN concluye que cada estado debe legislar la objeción de conciencia [2].

En la red social X, la cuenta “Tiempo de Derechos” informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó una acción de inconstitucionalidad sobre la objeción de conciencia para el estado de Morelos que justamente aborda  el artículo 12 Bis de la Ley de Salud, relacionado con la Objeción de Conciencia. La SCJN concluyó que los lineamientos establecidos por la Corte son orientativos, no obligatorios, y el proyecto fue returnado al Ministro Laynez para su reelaboración [3].

Una vez más la Suprema Corte de Justicia pone sobre la mesa el tema de la objeción de conciencia. Preocupa que la narrativa que maneja la Corte restrinja el derecho humano que tienen los médicos de decidir sobre la práctica de su profesión.

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://ipasmexico.org/2023/06/19/scjn-ratifica-que-los-estados-deben-regular-la-objecion-de-conciencia/

[2] Ibíd.

[3] https://x.com/DerechosTiempo/status/1798855867435045275