En un comunicado del 8 de agosto de 2023, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, hizo inválidas algunas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), que ponían como condición que el notario pudiera oír o hablar directamente con el testador para poder otorgar un testamento a través de medios electrónicos [1].
El Congreso local omitió realizar una consulta a las personas con discapacidad visual, auditiva y de lenguaje antes de emitir dichos preceptos, lo cual afectaba sus derechos. De acuerdo con los artículos 1.º de la Constitución mexicana y 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, existía la obligación de consultarles de forma previa [2].
El Pleno vinculó al Congreso local para que, dentro del plazo de doce meses contado a partir de la resolución de la sentencia, haga la consulta señalada y realice las adecuaciones necesarias al Código Civil, con el fin de generar normas incluyentes que permitan a las personas con discapacidad visual, auditiva y de lenguaje, otorgar testamento público abierto por medios electrónicos [3].
Este tipo de sentencias contribuyen a una verdadera inclusión en nuestro país. Nuestro reconocimiento a la Suprema Corte por esta resolución que ve por las necesidades de personas con alguna discapacidad y les facilita el trámite en cuestión, aprovechando los medios electrónicos actuales.
ConParticipación
Fuentes:
[1] https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=7457
[2] Ibíd.
[3] Ibíd.