En un comunicado del 20 de mayo del 2025 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que declaró inconstitucional el artículo 57 y una porción del 397 del Código Civil del Estado de Aguascalientes por supuestamente discriminar a parejas homosexuales. La Corte interpretó que la redacción de esos artículos limitaba el derecho del reconocimiento voluntario de hijos nacidos fuera del matrimonio únicamente a una mujer-madre y un hombre-padre no casados. Esta formulación, según los ministros, es contraria al derecho a la identidad y filiación de menores de edad [1] [2]. 

Sobre el derecho a la filiación, la SCJN argumenta que no se limita exclusivamente a la relación biológica, sino que puede derivar de la “voluntad procreacional” —un concepto que la SCJN estableció y que consiste en que el varón manifieste su voluntad para que la mujer se someta a un tratamiento de inseminación artificial heteróloga [3]—. Todo ello está en consonancia con una “visión amplia” de los derechos de la infancia que permitiría que las uniones homosexuales sean consideradas elegibles para establecer una filiación jurídica con un niño. La decisión deriva de la acción de inconstitucionalidad 96/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra el decreto número 613, que reformaba los artículos 57 y 397 del Código Civil de Aguascalientes [4]. 

Este no es un caso de discriminación como la Suprema Corte expone, es uno de imposición. Equiparar jurídicamente la familia basada en una relación entre un hombre y una mujer con una pareja homosexual no solamente genera precedentes preocupantes, sino que afecta el interés superior del menor. Exigimos a los legisladores que formulen leyes que protejan la familia basada en un hombre y mujer por el bien de la sociedad, de las personas mismas que dice beneficiar y por los menores de edad. 

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/NormatecaAdministrador/archivos/EDO-18-147.pdf 
[2] https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/comunicado.asp?id=8270 
[3] https://desc.scjn.gob.mx/sites/default/files/2021-09/M%C3%89X48-Criterios.pdf

[4] https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/comunicado.asp?id=8270