En mayo de 2021, el Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, otorgó un amparo interpuesto por un ciudadano de Puebla para que este pudiera casarse y vivir en una relación poliamorosa. Según el criterio del juez, los artículos impugnados eran inconstitucionales al presentar un problema relacionado a la no discriminación [1]. 

En este año, y debido a la novedad del tema y la incertidumbre jurídica alrededor de dicho caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación solicitó el recurso de revisión para dicho amparo. Por ello, el  ministro Pardo Rebolledo presentará un proyecto a la Primera Sala para revocar la medida sobre el poliamor, pues afirmó que “las manifestaciones poliamorosas no cuentan con una gran presencia en la sociedad por lo que podría generar situaciones de discriminación” [2].

Nos parece acertado el criterio utilizado por la Suprema Corte al analizar la situación del “poliamor”. Dicho término es contrario a la naturaleza del matrimonio y puede generar confusión en las generaciones más jóvenes sobre lo que es la verdadera esencia de la institución matrimonial. 

ConParticipación 

Fuentes: 

[1] https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2024/1/29/corte-buscara-frenar-las-relaciones-poliamorosas-573478.html 

[2] Ibíd.