Vivimos en una época de cambios constantes en todos los ámbitos. En ConParticipación observamos y analizamos estos cambios desde la óptica de los valores de la dignidad humana. Con frecuencia hemos mencionado que lo que observamos es que existen corrientes de pensamiento que han permeado la cultura, las leyes y la sociedad.
Una de estas corrientes de pensamiento es la teoría de género en su versión ideologizada, o ideología de género, de la que ya hemos hablado ampliamente en distintas ocasiones. Esta ideología surge de la teoría del género, la cual sostiene entre otras premisas que el género es una construcción social, es decir, que el ser hombre o mujer no depende de la biología sino del entorno social de la persona y de la forma en que es educada.
Hoy vemos que de la teoría del género han derivado muchos otros conceptos, formas de pensar y visiones, tales como la perspectiva de género. Esta puede tomar una narrativa y aplicaciones diversas según cómo entienda la teoría de género que le da origen. Vamos a aproximarnos a la perspectiva de género y sus implicaciones. A la par hablaremos también de la perspectiva de familia, pues consideramos necesario conocer esta otra perspectiva que considera a la persona no de forma aislada sino en sus relaciones familiares. Ambas perspectivas pueden tener repercusiones diferentes en la sociedad, por ello es necesario conocerlas y analizarlas.
Para entender mejor este tema consultamos a la Mtra. Cristina Rodríguez, del equipo de investigación de ConParticipación, quien nos explicó que la perspectiva de género y la perspectiva de familia tienen marcos teóricos diferentes y atienden a necesidades distintas.
Para comenzar, analicemos primero qué es la perspectiva de género y de dónde surge. De acuerdo con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, citada por el gobierno de México, “la perspectiva de género se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género” [1].
El Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género señala en una de sus publicaciones que la perspectiva de género es “la herramienta conceptual inclusiva para llevar a cabo la visibilización de los derechos de las mujeres, los cuales son vulnerados”; y resalta que este hecho “constituye un factor de obstrucción para el desarrollo al perpetrar y reproducir las prácticas discriminatorias y excluyentes” [2].
Como se ve en estas dos definiciones, la perspectiva de género afirma que existe una desigualdad entre hombres y mujeres basada en el conflicto, que los derechos de estas últimas no son respetados, y que se deben emprender acciones para que estas situaciones no sucedan más y haya una mayor igualdad entre hombres y mujeres.
El concepto de perspectiva de género se comenzó a utilizar a partir de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer que se celebró en Beijing, en 1995 [3]. La Mtra. Rodríguez nos dice que en este evento los Estados miembros se comprometieron a realizar acciones para combatir las desigualdades y mejorar el acceso a oportunidades de las mujeres. El evento de Beijing fue sumamente polémico ya que se evidenció la presión de grupos para impulsar agendas con las que no necesariamente estuvieron de acuerdo los países participantes.
De acuerdo con el gobierno de México, el empleo de esta perspectiva plantea la necesidad de solucionar los desequilibrios que existen entre mujeres y hombres, mediante acciones como [4]:
- Redistribución equitativa de las actividades entre los sexos.
- Justa valoración de los distintos trabajos que realizan mujeres y hombres.
- Modificación de las estructuras sociales, los mecanismos, las reglas, prácticas y valores que reproducen la desigualdad.
- El fortalecimiento del poder de gestión y decisión de las mujeres.
Concordamos con muchos de los diagnósticos y las necesidades evidenciadas a favor de la mujer, pero no necesariamente con los análisis sobre las causas de estas necesidades o con sus propuestas.
Después de exponer qué es la perspectiva de género y cuáles son sus propuestas, en primera instancia parece ser algo positivo para la mujer y para la sociedad. Sin embargo consideramos importante reflexionar en lo siguiente:
- La igualdad simétrica entre hombre y mujer no puede existir ya que por biología somos diferentes, y porque existen convenciones sociales para la distribución de tareas y responsabilidades a favor del beneficio de todos. Es verdad que hay que abrir más espacios en todos los ámbitos para que la participación de la mujer sea mayor. Sin embargo, hay que tener cuidado con las “cuotas de género” (que es imponer que haya igual número de hombres y mujeres participando o trabajando en algún espacio laboral u organización) porque se puede llegar a caer en injusticias, como por ejemplo, asignar un puesto de trabajo a personas que no son las más aptas para realizarlo (sean hombres o mujeres).
- Hay que tomar en cuenta que la diferencia entre hombres y mujeres enriquece la visión de la sociedad, el trabajo y cualquier ámbito. Las diferentes capacidades y habilidades de hombres y mujeres se pueden aprovechar para el bien de la sociedad, en lugar de que sean motivo de competencia o confrontación.
- El trabajo no remunerado de la mujer tiene un valor que no se mide o monetiza pero que impacta en el bienestar social. El cuidado de los hijos, de los adultos mayores y las tareas del hogar son labores que deben revalorizarse. La mujer debería tener la opción de salir a trabajar o quedarse en casa sin que sea juzgada o criticada por una u otra decisión, y en la sociedad se deben evitar etiquetas o estigmas sobre esto.
- Se debe hacer lo necesario para que la mujer goce de todos sus derechos y libertades, se respete su dignidad y su integridad.
- El respeto de los derechos de la mujer no deben sobrepasar el respeto a la vida humana, incluyendo la vida humana en gestación. El aborto no puede considerarse como un “derecho”, pues viola el primer derecho fundamental, que es el derecho a la vida.
Como conclusión de este análisis de la perspectiva de género, la Mtra. Rodríguez subraya que esta aporta la visibilización de desigualdades sociales o culturales que impiden el desarrollo de las mujeres. Al mismo tiempo, coincide en que es importante cuidar que no se utilice como herramienta para imponer ideologías que promuevan el aborto, para anular la identidad de la mujer, o para confrontar a hombres y mujeres indistintamente utilizando el análisis de la lucha de clases.
En el siguiente artículo hablaremos sobre la perspectiva de familia y daremos nuestras conclusiones sobre ambos temas.
ConParticipación
Fuentes:
[2] Centro de Estudios para el adelanto de las mujeres y la equidad de género. Construcción de relaciones sin violencia. Por una cultura de la paz. 2017. http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/download/335208/1195761/file/CULTURA%20DE%20LA%20PAZ.pdf
[3] https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/Beijing%20full%20report%20S.pdf