El 15 de enero de 2023 entró en vigor el Reglamento a la Ley General de Control de Tabaco, con el que se prohíbe fumar en lugares públicos. También establece la prohibición de hacer publicidad de cualquier tipo a las empresas tabacaleras y a los comercios exhibir directa o indirectamente productos de tabaco [1]. 

Con esta ley restaurantes, plazas comerciales, tiendas y cualquier establecimiento comercial que exhiba cigarros para su venta podría ser multado con sumas de sesenta mil hasta medio millón de pesos. También se les puede clausurar el establecimiento por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones, e incluso cancelarles la licencia sanitaria [2].

Se incluye además dentro de las disposiciones eliminar zonas para fumar en restaurantes, bares, hoteles, salones de fiestas, centros comerciales, o cualquier comercio. Tampoco se podrá fumar en playas, parques o lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes. Por tanto, quienes fuman prácticamente solo podrán hacerlo en sus casas o en otras residencias privadas [3].

La Organización Panamericana de la Salud señala que consumir tabaco es la causa de muerte que más se puede prevenir en el mundo, y que fumar provoca que casi un millón de personas pierdan la vida en las Américas cada año, ya sea por consumo directo o exposición indirecta al humo [4].

Resaltan las medidas tomadas por las autoridades mexicanas en contra del consumo del tabaco. Sin embargo, resulta un poco contradictorio la dureza de estas en comparación con otras políticas permisivas relacionadas con las drogas blandas, como la marihuana.

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://www.elfinanciero.com.mx/empresas/2023/01/16/ley-antitabaco-2023-cuales-son-las-multas-por-exhibir-cigarros-en-lugares-prohibidos/

[2] Ibíd.

[3] https://www.bbc.com/news/world-latin-america-64279351

[4] Ibíd.