Continuamos en el presente blog con el tema de la pensión alimenticia, la cual constituye con frecuencia un problema para muchas familias. Seguramente conoces a un padre o madre que tiene que enfrentar solo o sola la responsabilidad de sacar adelante a sus hijos. Esto sucede porque muchas veces cuando los matrimonios se separan las herramientas jurídicas no son lo suficientemente útiles para que el progenitor designado cumpla con su responsabilidad. 

En este artículo continuamos con el resumen de la entrevista que hicimos a Julieta Lujambio, comunicadora mexicana y activista por los derechos humanos de las madres solas e hijos. Ha impulsado iniciativas de ley que promueven la responsabilidad en el cumplimiento de las pensiones alimenticias, para que cada vez haya mayor atención y cuidado de los hijos por parte de ambos padres. De hecho, una de las propuestas en las que ella participó, es una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023 [1]. Esta reforma estableció el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias cuyo objeto es “concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes”. 

Incumplimiento de las obligaciones alimentarias

El padre que incumpla con sus obligaciones alimentarias será integrado en el  Registro Nacional de Obligaciones, el cual es público con base en lo dispuesto en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. Algunos trámites y procedimientos ahora requerirán la expedición del certificado de no inscripción al Registro Nacional de Obligaciones, entre ellos se encuentran:

  • Obtención de licencias y permisos para conducir.
  • Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje.
  • Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular.
  • Para participar como aspirante a cargos de jueces o magistrados en el ámbito local o federal.

Ante una solicitud de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Asimismo, las autoridades federales competentes podrán imponer medidas de restricción migratoria para que ninguna persona inscrita en el Registro pueda salir del país [2].  

Ley 3 de 3

En la entrevista Julieta mencionó que la llamada Ley 3 de 3 ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, al igual que el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. La Ley 3 de 3 es una reforma al párrafo segundo del Apartado A del Artículo 102 y se adiciona una fracción VII al Artículo 38 de la Constitución para que las personas no puedan ser registradas como candidatas a cualquier cargo de elección popular, ni obtener cargos en el servicio público en caso de [3]:

A. Estar prófugas de la justicia.

B. Obtener una sentencia por delitos contra:

  • la vida y la integridad corporal; 
  • la libertad y seguridad sexuales; 
  • el normal desarrollo psicosexual; 
  • violencia familiar equiparada o doméstica;
  • violación a la intimidad sexual; 
  • por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
  • ser declaradas como deudoras alimentarias.

C. Ser declaradas como deudoras alimentarias.

La deuda más importante que tienen los padres es con sus hijos

En la entrevista Julieta mencionó que tanto el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias como la Ley 3 de 3 (en el tema de pensiones alimenticias), son herramientas jurídicas que tienen como objetivo colocar siempre en primer lugar el interés superior de los niños, pues ellos son los principales afectados cuando los padres no cumplen con sus obligaciones. Estas iniciativas superan la perspectiva de género, pues aunque en su gran mayoría son las mujeres quienes realizan las demandas por falta de pago de pensión alimenticia, en realidad son esfuerzos con perspectiva de infancia para colocar en el centro de esta gran problemática a los hijos que siempre son los más afectados [4].

De acuerdo con Julieta, los impulsores de estas leyes no buscan “ventanear” al padre o madre que incumple con sus deberes, sino todo lo contrario, buscan un mayor compromiso por parte de ambos padres. Actualmente 1 de cada 5 bebés que nacen en México es hijo de una mamá soltera. Estas leyes buscan darle una mayor protección a los niños y adolescentes que viven en esta situación, pues el tamaño de la problemática en México es grande [5]. 

En ConParticipación somos conscientes de la situación tan compleja que se vive en cuanto a las responsabilidades y obligaciones alimentarias y compartimos la perspectiva de que todos estos esfuerzos deben tener como principal objetivo el interés superior de los niños. Lamentamos profundamente la situación por la que muchas madres solteras pasan al tener que trabajar  excesivamente para conseguir el sustento económico de su familia, perdiendo en muchas ocasiones el derecho y obligación de estar presentes para sus hijos en las actividades diarias. 

Asimismo reconocemos la importancia del apoyo de la familia extensa, entre ellos, abuelos, tíos y hermanos, que son clave para el sostenimiento de las familias monoparentales. Ningún padre o madre que sea jefe o jefa de  familia debe sentirse solo(a) ni desamparado(a). 

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5687925&fecha=08/05/2023#gsc.tab=0

[2] Ibíd.

[3]

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2023/05/29/ley-3-de-3-es-oficial-publican-decreto-para-suspender-cargos-publicos-en-dof/

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5690265&fecha=29/05/2023#gsc.tab=0

[4] https://fb.watch/kQFQVH5hqG/

[5] Ibíd.