En una decisión histórica, el Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil votó unánimemente a favor de permitir la presencia de símbolos religiosos en espacios públicos [1].

El fallo concluyó que: “La presencia de símbolos religiosos en edificios públicos, pertenecientes a cualquiera de los Poderes de la Unión, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, siempre que tenga por objetivo expresar la tradición cultural de la sociedad brasileña, no viola el principios de no discriminación, de laicidad estatal e impersonalidad” [2]. 

ADF International, una organización legal internacional que defiende valores fundamentales, emitió un escrito que influyó directamente en el fallo. Dicha organización argumentó que la neutralidad estatal no debe interpretarse como hostilidad hacia la religión y que “emociones heridas” no justifican prohibir expresiones culturales [3].

El caso se originó cuando un ciudadano presentó una denuncia alegando que los símbolos en edificios públicos violaban la libertad religiosa y le causaban daño emocional. Tanto los tribunales inferiores como el STF desestimaron la demanda, subrayando que la presencia de estos símbolos es compatible con el marco jurídico brasileño y reafirma la libertad de expresión y religiosa.

Creemos firmemente que el Estado debe respetar la fe de los ciudadanos como un valor cultural de la persona. El Estado laico no debe ser anti religioso sino apreciar la fe de los ciudadanos. La fe, como parte central del tejido social brasileño, no debe ser relegada al ámbito privado.

ConParticipación 

Fuentes: 

[1] https://noticias.stf.jus.br/postsnoticias/stf-mantem-uso-de-simbolos-religiosos-em-predios-publicos-como-manifestacao-historico-cultural/
[2] Íbid.
[3] https://adfinternational.org/news/brazil-religious-symbols