El 26 de marzo el Comité Olímpico Internacional (COI) anunció una nueva política para la protección de la categoría femenina en el deporte olímpico, que comenzará a aplicarse a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028 y no tendrá carácter retroactivo, es decir, no afectará las decisiones tomadas en el pasado, sino que tendrá efectos en el futuro [1]. 

De acuerdo con el organismo, la elegibilidad para competir en eventos de categoría femenina en competiciones del COI quedará limitada a mujeres biológicas. Este criterio se determinará mediante una prueba única del gen SRY, un segmento de ADN generalmente presente en el cromosoma Y y asociado al desarrollo sexual masculino. Según la política, las atletas que obtengan resultado negativo en la prueba del gen SRY cumplirán de forma permanente con los criterios para competir en la categoría femenina, mientras que quienes obtengan resultado positivo no serán elegibles para esa categoría, aunque podrán participar en categorías masculinas, mixtas o abiertas, siempre que cumplan los requisitos de cada competencia [2]. 

La presidenta del COI, Kirsty Coventry, afirmó que la política responde a la necesidad de asegurar una competencia justa en la categoría femenina, al tiempo que se mantiene el compromiso de tratar a todos los atletas con dignidad y respeto [3]. 

El máximo organismo del olimpismo ha determinado que las competencias deben organizarse por categorías basadas en la realidad verificable del sexo biológico. Debemos reflexionar por qué se debate un hecho tan elemental. Cada cierto tiempo surgen nuevas formas de poder y control de ideas que llegan al absurdo de negar una realidad evidente como la diferencia biológica entre hombres y mujeres. La compasión y la inclusión no pueden ser herramientas para suprimir la justicia y los derechos de las mujeres.

ConParticipación

Fuentes:

[1] https://www.olympics.com/ioc/news/international-olympic-committee-announces-new-policy-on-the-protection-of-the-female-women-s-category-in-olympic-sport
[2] Ibid.
[3] Ibid.