Ayer 1º de mayo, celebramos el Día del Trabajo en muchos lugares del mundo. Este festejo surgió para recordar que en Chicago, en 1886, una gran cantidad de trabajadores se manifestaron para exigir una jornada laboral máxima de 8 horas, entre otras cosas. Dicho levantamiento duró 3 días y terminó con el estallamiento de una bomba y el enjuiciamiento de sus dirigentes. Sin embargo, el gobierno de Estados Unidos aceptó dar condiciones de trabajo más justas en los términos exigidos, medida que se adoptó también en más países del mundo, quienes también conmemoran el logro de ese día en diferentes fechas [1].

México acepta oficialmente la celebración de este día a partir de 1913 y al promulgarse la Constitución de 1917, integra dentro de su artículo 123 las bases para que los mexicanos tengan un trabajo en las condiciones dignas surgidas de ese movimiento. Al respecto, la nota informativa del portal del gobierno comenta:

“El 1 de mayo se celebra el Día del Trabajo. Jornada que, en los últimos años, ha sido despojada de su carácter reivindicativo para convertirse en un día de fiesta, pero en el fondo, se erige como una de las columnas del movimiento obrero por su simbolismo.

La fecha se fijó durante el Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional celebrado en París en 1889. La idea era recordar y reivindicar a los Mártires de Chicago, grupo de sindicalistas que fueron condenados a muerte por su participación en una huelga que inició el 1 de mayo de 1886 en Estados Unidos. El movimiento huelguístico en Chicago se prolongó hasta el cuatro de mayo, a pesar de la represión. Durante un mitin en la Plaza Haymarket, un desconocido arrojó una bomba contra la policía acto que causó la muerte de siete gendarmes; la policía respondió disparando contra los manifestantes asesinando a varios, sumado a ello detuvo a los oradores quienes fueron acusados de ser los autores intelectuales del ataque. Un año después, y tras un juicio manipulado, cinco de los inculpados fueron sentenciados: cuatros sucumbieron en la horca, uno más se suicidó.

En México la primera conmemoración, masiva, para recordar a los Mártires de Chicago se llevó a cabo en 1913, en plena dictadura de Victoriano Huerta. Aquel primero de mayo, relata Raúl Trejo Delarbre, fue un acto ‘repleto de un romántico simbolismo obrerista’, llevado de la mano por la Casa del Obrero Mundial (COM).

La Casa del Obrero se constituyó en 1912 con la asociación de uniones y sindicatos, artesanos, profesionistas e intelectuales de ideas anarquistas. La Casa desde su surgimiento impulsó la creación de bibliotecas, escuelas racionalistas, seminarios, periódicos y conferencias para obreros y mujeres proletarias.

El primero de mayo de 1913, los obreros de la Ciudad de México reunidos en torno a la COM no asistieron a sus trabajos y realizaron una enorme protesta, alrededor de 25 mil trabajadores tomaron las calles. Durante su protesta los trabajadores se dirigieron a la Cámara de Diputados donde los dirigentes entregaron a los diputados del Bloque Renovador un memorándum con sus demandas: jornada de ocho horas, pago por accidentes de trabajo, reconocimiento de la COM, entre otras.

El 5 de febrero de 1917 se promulgó la Constitución, que dejó su impronta en la historia al ser la primera norma fundamental con un profundo carácter social, lo cual se ve reflejado en el artículo 123 que marcó un hito en la regulación del derecho del trabajo. La creación de tan importante artículo se debe a la influencia de Francisco J. Mújica, profesor michoacano, vinculado a los Flores Magón y su Plan del Partido Liberal” [2].

Ahora bien, es responsabilidad de todos los mexicanos seguir construyendo a México con el fruto de nuestro trabajo, agradeciendo la protección que la Carta Magna da al esfuerzo laboral de sus ciudadanos.

El artículo 123 de nuestra Constitución establece, entre otras cosas lo siguiente:

“Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:

I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas.

II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas…

III. Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años

IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos.

V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos;

VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales…

VII. Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad…” [3].

Sintámonos orgullosos y a la vez responsables de ser mexicanos. Que el compromiso de cada uno sea hacer que México crezca, pues es hogar de nuestras familias. Sigamos trabajando con honestidad para lograr ser cada vez mejores, no solo en el aspecto físico e intelectual, sino también en el humano, solidarizándonos con nuestros compatriotas más vulnerables e indefensos. ¡México somos todos!

ConParticipación

Fuentes:
[1] https://www.eluniversal.com.mx/cultura/cual-es-el-origen-del-dia-del-trabajo
[2] https://www.gob.mx/agn/es/articulos/agnrecuerda-el-primero-de-mayo?idiom=es
[3] http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/123.pdf