A raíz del caso Beatriz vs. El Salvador, y la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el pasado 20 de diciembre de 2024, se ha generado mucha conversación en Latinoamérica debido a que abordó temas fundamentales sobre la vida, los derechos humanos y el papel de la Corte con respecto a las legislaciones de los países de la región.
En ConParticipación recibimos mensajes con diversos comentarios y cuestionamientos para entender qué es y por qué es importante no solo la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sino también saber si su autoridad es igual, menor o superior a la ONU, o si está sobre las leyes federales o locales. Para entender esto, es necesario realizar un repaso general de diversas instancias de normas y gobierno, de cómo se ponen de acuerdo los países, de las convenciones y tratados internacionales, y conocer y entender cómo funciona o dónde queda, en este tablero de ajedrez, uno de los temas que más nos ocupa, que es el derecho a la vida. Asimismo, es necesario saber dónde se ubican las instancias en las que lo promovemos o lo defendemos.
Marco normativo de México
A partir de que México es un país independiente, se estableció como base de su organización política y de su estructura de gobierno la división del ejercicio del poder, o lo que llamamos división de poderes. Queda entonces establecido en la Constitución Federal, en su artículo 49 que el Supremo Poder de la Federación está dividido en los Poderes Ejecutivo, Legislativo, y Judicial. Además, al tratarse de una república federal (no una república central), cada entidad tiene su constitución y sus tres poderes. A eso se añade que en cada entidad hay municipios. Por tanto, hay tres niveles de gobierno (municipal, estatal y federal) y tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial).
El Poder Ejecutivo en México es el que se deposita en una sola persona. A nivel federal esto sucede al elegir al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Este es elegido por votación y tiene el cargo por espacio de seis años sin posibilidad de reelección [1]. En ámbito estatal el titular del ejecutivo es el Gobernador de cada entidad. A nivel municipal es el alcalde o presidente municipal.
El Poder Legislativo, en el ámbito federal, es ejercido por el Congreso de la Unión, el cual está integrado por las Cámaras de Diputados y de Senadores. Estos legislan en materia de la Carta Suprema. En el ámbito estatal, este poder se ejerce por las Cámaras de Diputados locales que pueden expedir leyes a excepción de los casos en los que la Constitución Federal lo prohíba [2].
El Poder Judicial federal tiene ocho órganos con los que ejerce [3]:
- Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Compuesta por nueve Ministras o Ministros y que funcionará en Pleno. Cada año tiene dos períodos de sesiones.
- Juzgados de Distrito
Estos son los órganos jurisdiccionales de primera instancia del Poder Judicial de la Federación (PJF). Están a cargo de un Juez de Distrito y su trabajo es resolver juicios en los que deberá aplicar las leyes federales en materias administrativa, civil y penal. Así mismo, se encargan de juicios de amparo directo en las materias civil, penal, laboral y administrativa. Algunos de estos órganos se especializan solo en una materia.
- Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Apelación y Plenos Regionales
Compuestos por tres Magistradas o Magistrados de Circuito así como del número de secretarios proyectistas, secretarios, actuarios, oficiales judiciales y empleados que permita el presupuesto. Sus resoluciones serán tomadas por unanimidad o mayoría de votos de los integrantes quienes no podrán abstener su voto a menos que tengan impedimento legal.
Órgano de Administración Judicial
Este órgano tiene independencia técnica y de gestión. Tiene a su cargo la administración de todos los órganos del PJF así como la responsabilidad de velar por su buen funcionamiento en cuanto a su independencia, autonomía, imparcialidad y legitimidad.
- Tribunal de Disciplina Judicial
Este es un órgano del PJF que tiene independencia técnica y de gestión para la emisión de resoluciones. Entre sus objetivos se encuentra la investigación, substanciación y resolución de los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos que desempeñan funciones jurisdiccionales en el PJF. De igual forma, están encargados de la resolución de los recursos de revisión en los procedimientos administrativos de los empleados administrativos en cuanto a faltas graves. Otras de sus responsabilidades son evaluar y dar seguimiento al desempeño de los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, resolver los conflictos que se generen entre el PJF y sus servidores públicos, así como los que se presenten entre la SCJN y sus empleados.
- Tribunal Electoral
Este es el órgano especializado del Poder PJF y es la máxima autoridad electoral.
El poder judicial estatal también existe, con tribunales superiores estatales, y los juzgados, para aquellas materias que sean competencia de la legislación de la entidad.
En la siguiente parte revisaremos el tema de las convenciones y tratados internacionales.
ConParticipación
Fuentes:
[1] https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/material_didactico/2016-11/Sistema-Juridico-Mexicano.pdf
https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/material_didactico/2016-11/Que-PJF.pdf
[2] Ibid.