El aborto es y ha sido un tema polémico. En todo el mundo existen fuertes debates entre quienes queremos una protección equivalente para la madre y para su hijo en gestación, y aquellos que consideran que se puede invisibilizar al hijo y privilegiar la voluntad de quien desea quitarle la vida a un ser humano antes de que llegue a nacer. Ante todo, repasemos qué está sucediendo, hasta finales de abril de 2026.

En México recientemente este debate se ha encendido de manera más viva por una propuesta que ha ido circulando en algunos ámbitos judiciales y legislativos: la de eliminar por completo el aborto del Código Penal. Es decir, que no solamente se deje de sancionar en algunos casos o por un plazo, sino que no aparezca en ninguna ley. Recordemos que el aborto ahora está prohibido y presente en leyes y tratados nacionales e internacionales. Por poner unos ejemplos:

  • En México aparece en el Código Penal Federal en los artículos 329 a 334, donde se norma su prohibicion, y al mismo tiempo, se establecen algunas circunstancias en las que, aunque se haya cometido, no tendría castigo o sanción, como el peligro de muerte, la violación o el aborto involuntario. 
  • La Convención Interamericana de Derechos Humanos o “Pacto de San José”, adoptada por México en el año 1981, dice que se considera persona a todo ser humano (art. 1) , y que toda persona humana debe ser protegida desde su concepción y por la ley (art. 4.1.). Lamentablemente México interpuso una reserva, por lo que es vinculante para nuestro país, pero desde hace décadas el gobierno no ha aceptado plenamente los compromisos establecidos ahí.
  • En siete entidades la ley aún protege al hijo en gestación sin límite de plazos: Guanajuato, Querétaro, Sonora, Tamaulipas, Nuevo León, Durango y Morelos.

¿Qué significa eliminar el aborto del Código Penal, como intentan algunos?

Eso implica, necesariamente, permitirlo durante todo el embarazo, incluso al momento mismo de nacer. ¿Por qué? Por un principio jurídico que tiene sus raíces desde el derecho romano y que la misma Suprema Corte de Justicia ha hecho referencia en diversas ocasiones [1]: “Todo lo que no está prohibido, está permitido”, es decir, los individuos podemos realizar cualquier actividad que no esté prohibida por la ley. De ahí que, al eliminarse el tipo de aborto del Código Penal, automáticamente sería una conducta lícita y legal dado que no está restringido ni por causas ni por plazos. 

¿Quiénes lo proponen y qué piden exactamente?

Recientemente trascendió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera resolver una acción de inconstitucionalidad en contra del Código Penal del estado de Aguascalientes. La historia se remonta a agosto de 2023. La Suprema Corte de Justicia había presionado y amenazado a sus legisladores si no cedían y despenalizaban el aborto en concordancia con la resolución de un amparo (amparo en revisión 79/2023) [2]. El Congreso de Aguascalientes modificó el Código Penal en diciembre de ese año, despenalizando el aborto voluntario hasta las 12 semanas pero unos meses después, en agosto de 2024, aprobó una nueva reforma que estableció el plazo a solo 6 semanas. Esto generó las acciones de inconstitucionalidad 172/2024 y 173/2024 [3] ante la Corte. 

Ha trascendido que el proyecto para dichas acciones de inconstitucionalidad considera no solamente imponer un plazo para la despenalización, sino que intentaría argumentar que debería considerar inconstitucional el hecho mismo de que el aborto se halle prohibido por el código penal [4].

Ante esta y otras noticias relacionadas, numerosos grupos sociales, entre otros ConParticipación, expresamos nuestra inconformidad y preocupación [5]. 

Ahora bien, no solamente la Suprema Corte de Justicia ha mencionado este propósito de eliminar el aborto del Código Penal. Ya se ha mencionado por diversos grupos promotores del aborto, así como legisladores federales y locales. Por ejemplo, en septiembre de 2019 el diputado Ulises García Soto, del partido Morena, presentó una iniciativa para derogar los artículos 329 a 334 del Código Penal federal, es decir, todos los relativos al aborto. Igualmente, en el Congreso de Ciudad de México, la diputada Tania Larios(PRI) lo propuso e incluso fue dictaminado a finales de 2024 [6]. 

En Jalisco algunas académicas presionan a los diputados locales para que vayan más allá de la despenalización en las primeras doce semanas. La Coordinadora del Centro de Estudios de Género del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, maestra Violeta Sandoval Cortés, hizo una larga disertación al respecto en la Universidad de Guadalajara en septiembre de 2025, por ejemplo [7]. 

Como podemos ver, son voces coordinadas que desde diversos ámbitos presionan y buscan imponer que desaparezca la protección que da la ley al hijo en gestación por medio de las leyes de aborto.

Lo único justo y razonable es “la regla de los dos: los dos vivos y los dos bien”.

En ConParticipación estamos convencidos de que en 2026 la ciencia ya ha demostrado con suficiente claridad que la vida de un ser humano inicia desde su concepción, por tanto, el curso de la reflexión jurídica debe ofrecer la misma protección al hijo y a la madre, antes y después del nacimiento. No tiene sentido en nuestra época que exista una discriminación por grado de desarrollo, por la ubicación (dentro o afuera del vientre), por condiciones de salud, o por otro motivo [8].

Sin llenadera

En un video publicado en las redes sociales de ConParticipación, nuestro director, Marcial Padilla, expresaba su extrañeza por este debate sin fin sobre el aborto porque —decía él— “no tiene llenadera”. Y agregaba que los promotores del aborto han ido avanzando gradualmente en su propósito: primero lo pidieron por unas causas, y fue impuesto el aborto por causas. Enseguida, lo pidieron por plazos, y vino el aborto por plazos. Pero ahora, dice, “les da ansiedad” que aparezca el aborto en el Código Penal. Y eso va a resultar en que busquen que se pueda abortar en cualquier momento del embarazo, incluso un minuto antes del nacimiento. Puedes ver el video de nuestro director aquí:

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Nuestra participación

No nos debemos cansar de proponer y establecer una política pública razonable y justa: aquella que identifique las razones que hacen que una mujer llegue a considerar el aborto ante un embarzo inesperado, y que al mismo tiempo ofrezca protección plena tanto a la madre como al hijo en su vientre. El aborto no hace que desaparezcan esas razones que hicieron a una mujer considerar el aborto. Es perjudicial y nocivo para ambos: madre e hijo.

No podemos permanecer pasivos. El mal llega hasta donde lo permite nuestra indiferencia. el bien se alcanza en la medida que nos comprometemos.

Fuentes:

[1] Amparo directo en revisión 6605/2019: https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2020-05/ADR-6605-2019-200527.pdf

[2] https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2023-06/230615-AR-79-2023.pdf

[3] https://www2.scjn.gob.mx/Juridica/Engroses/Cerrados/Publico/Proyecto/2025/12/AI172_2024.pdf

[4] https://grupoanimal.mx/sociedad/corte-plazo-legal-aborto-aguascalientes-discusion 

[5] https://www.instagram.com/p/DYFQvPADktW/?igsh=Z2h2Z3dyMTM3eGV5 

[6] https://www.congresocdmx.gob.mx/comsoc-comisiones-unidas-aprueban-reformas-despenalizacion-aborto-5692-1.html

[7] https://www.udg.mx/es/noticia/un-ano-de-la-despenalizacion-del-aborto-en-jalisco-persisten-obstaculos-en-el-acceso 

[8] https://conparticipacion.mx/el-pretendido-derecho-al-aborto-parte-1/